domingo, 14 de abril de 2013

¿Cuanto se lleva hacienda de las cuentas remuneradas y depositos? Retenciones

A las puertas de una nueva entrega de la declaración de la renta, muchos ahorradores se preguntan qué impuestos tendrán que pagar por la rentabilidad obtenida a través de cuentas remuneradas y depósitos bancarios ya que, como cualquier ahorrador sabe, estos productos están sujetos a la retención a cuenta del IRPF o impuesto sobre sociedades y tienen la consideración de rendimientos del capital mobiliario sometidos a la retención aplicable de acuerdo con la legislación vigente. Lo que no suelen saber los ahorradores y trabajadores no obligados a declarar, los que ganen menos de 22.000€, es q si optan por hacer la declaracion les ssldrá a devolver por el importe de las retenciones practicadas por los bancos y la empresa. Pueden comprobarlo solicitando el borrador por internet

¿De cuánto es la retención?

  * 21% de retención para ganancias hasta 6.000 euros
  * 25% de retención para ganancias entre 6.000 y 18.000 euros
  * 27% de retención para ganancias superiores a 24.000 eurosLos titulares de cuentas y depósitos no residentes en España están exentos de estos impuestos

Así, en la mayoría de casos, el pequeño ahorrador debe pagar el 21% de lo devengado durante el año fiscal 2012. Por ejemplo, una persona que haya tenido un depósito a plazo al 3% con 10.000 euros depositados, habrá recibido unos 300 euros en intereses de los cuales 63 euros irían para Hacienda, con lo que tendría una ganancia neta de 237 euros.

¿Todas las cuentas bancarias tributan igual?
Sí, todas las cuentas bancarias tienen el mismo tratamiento fiscal, ya sean cuentas corrientes, cuentas nómina, cuentas de ahorro, cuentas en divisas (sólo con diferencia de cambio asegurada), sea cual sea su remuneración.
Por último, no debemos olvidar que los regalos de los bancos (iPad, televisores, vajillas...) también están sujetos a retención fiscal, por lo que en el momento en que recibamos el regalo nos será descontado de nuestra cuenta corriente el 21% de su valor de mercado. ¿Cuánto se lleva Hacienda de una cuenta remunerada?

sábado, 13 de abril de 2013

Renta 2012: ¿Declaración individual o conjunta?

* Tú y tu pareja cobráis un sueldo cada uno: tributación individual.
Si tanto tú como tu pareja cobráis un sueldo, os interesa más hacer la declaración de la renta de forma individual. De esta forma cada uno tendréis derecho a la reducción de 5.151 euros por mínimo individual. Sumando las dos, vuestra familia se ahorrará 10.302 euros.
Si hacéis la declaración conjunta sólo tendréis derecho a una única reducción de 5.151 euros, la que se aplica sobre la suma de todas las rentas familiares. Esto, sumado a la reducción de 3.400 euros, os permitirá lograr un ahorro de 8.551 euros. Es decir, estaríais perdiendo 1.751 euros (10.302 – 8.551 = 1.751).
  * Sólo trabaja uno de los progenitores: mejor la declaración conjunta.
Si estás casado, tienes hijos, y uno de los dos cabezas de familia está en paro o cobra un sueldo muy bajo, os interesa más hacer la declaración conjunta. De esta forma podréis beneficiarios de la reducción por mínimo personal (5.151 euros), por unidad familiar (3.400 euros) y por hijos.
Si cada uno hacéis la declaración de forma individual sacaréis partido de la reducción por mínimo personal, pero sólo de una renta. El cabeza de familia de familia que no trabaje no hará la declaración de la renta. Si cobra un sueldo muy bajo tampoco estará obligado a hacerlo.
  * Tú y tu pareja pagáis una hipoteca: declaración individual.
Si estás casado y tanto tú como tu pareja pagáis la hipoteca de la casa, os interesa hacer la declaración de la renta por separado. Os podéis acoger cada uno a la deducción máxima de 9.040 euros por compra de vivienda habitual. Esto supone que entre los dos podréis conseguir un ahorro de 18.080 euros.
Si hacéis la declaración conjunta sólo podréis deducir el máximo de 9.040 euros una vez.